Se amplía la edad hasta los 64 años para estancias temporales residenciales

14/01/2016

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La Diputación Foral de Bizkaia ha publicado el Decreto Foral 173/2015, por el que se amplía hasta los 64 años la edad para poder acceder y disfrutar de plazas residenciales temporales para personas con discapacidad, tanto por descanso y respiro como por las motivadas por necesidades de atención urgente. Hasta ahora, el límite de edad máxima estaba fijado hasta cumplir los 60 años.

Modificación en la Ley de Protección a las Familias Numerosas

Las familias numerosas cuyo título haya caducado del 17 de agosto de 2015 en adelante pueden renovarlo mientras al menos un hijo o una hija reúna las condiciones previstas para tener derecho al título de familia numerosa. La vigencia del título beneficiará únicamen te a los miembros de la unidad familiar que sigan cumpliendo las condiciones, y no será aplicable a los hijos o las hijas que ya no las cumplen.

Qué hacer si se producen cambios en la situación económica familiar o en la unidad convivencial

Aquellas personas o unidades familiares que perciban pensiones o prestaciones públicas o sean usuarias de servicios sujetos al pago de precio público, están obligadas a comunicar cualquier cambio en su situación económica o variación de la unidad de convivencia a la administración correspondiente (Servicio de Centros de Diputación, Servicio de Dependencia, Pensiones No Contributivas, Lanbide, Seguridad Social, etc.). El hecho de no comunicar los cambios, puede suponer que las administraciones reclamen las cantidades percibidas indebidamente.

Servicio BBK SAIOA GORABIDE: Tel. 94 453 90 86