Personas que reúnan los siguientes requisitos:
1.- Personas con suficiente autonomía para la realización
de actividades de autocuidado y necesidad de apoyo limitado
para la realización de otras actividades, tales como tareas de
funcionamiento dentro del área residencial y utilización de los
recursos de la comunidad.
2.- Con edad comprendida entre los 18 y los 60 años, en el
momento de formalizar su solicitud de atención en el Servicio
o que cumplan los 18 años en el años de formalizar la solicitud.
3.- Acreditar vecindad administrativa de la persona beneficiaria
y de sus padres en el Territorio Histórico de Bizkaia con una
antigüedad no inferior a tres años.